Empresas ZOMBIE. Riesgos de mantener una sociedad inactiva.

Es común que cuando nuestra empresa deja de ser rentable y acumula deudas se suscite la tentación de dejar la empresa “inactiva” en una especie de “Limbo de las Empresas” con la creencia de que mientras presentemos los impuestos “no pasa nada”.

 
Lo cierto es que puede pasar mucho, y no solo a la empresa sino también a sus administradores y socios. Si su empresa es un “zombie” le recomendamos que corrija la situación con urgencia.


Las sociedades inactivas entrañan peligros latentes y pueden convertirse en bombas de relojería para sus titulares y partícipes.
 
El art. 42 de la Ley General Tributaria señala como responsables solidarios de la deuda tributaria a aquellas personas que sean causantes o colaboren activamente en la realización de una infracción tributaria, extendiéndose su responsabilidad también a la sanción.
 
Hacienda está facultada para exigir a gerentes, administradores y socios la totalidad de las cantidades liquidadas erróneamente o dejadas de ingresar por la sociedad respecto a cualquier tributo o tasa.
 
Asimismo, la Ley hace responsables, aunque esta vez con carácter subsidiario, a los que meramente consientes de forma tácita y no impiden la comisión de la infracción.
 
De igual modo sucede con las deudas frente a la Tesorería de la Seguridad Social. El artículo 15.3 de la Ley General de la Seguridad Social prevé que “son responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar y del pago de los demás recursos las personas físicas o jurídicas, así como de su ingreso y el pago de sanciones.
 
La Ley de Sociedades de Capital hace responsables a los administradores que no hayan cumplido con sus obligaciones ante un eventual desequilibrio patrimonial de la sociedad. Responderán solidariamente de las obligaciones sociales posteriores al acaecimiento de la causa legal de disolución los administradores que incumplan la obligación de convocar la junta general para que adopte el acuerdo de disolución.
 
Desde Gabinet Atrium le recomendamos que acudan a su asesor antes de dejar a la deriva sus sociedades inactivas, pues aunque la existencia de deudas impida su disolución, existen vías legales y efectivas para eliminar los riesgos.
 
Quedamos a su disposición para resolver sus dudas sobre estas cuestiones.

Ref.: Fargas Consultoría.

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