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Calendari del Contribuent 2018

Com cada any, l'Agència Tributària ha publicat a la seva pàgina web el calendari general del contribuent, en aquest cas corresponent a l'exercici 2018, on es detalla amb exactitud la data a realitzar les diferents obligacions tributàries.

Com a novetats més significatives d'aquest 2018 trobem les següents:

Ajornament de l'IVA del 4t trimestre del 2016.

L’Agència Tributària ha publicat el Decret-llei 3/2016 del 2 de desembre sobre els ajornaments de l’IVA del 4t trimestre de 2016.

Aquest decret afecta només als autònoms, és a dir, persones físiques, i queda condicionat a demostrar que les quotes que s’ajornin siguin quotes que no s’han cobrat, sobretot si l’import és superior a 30.000 euros. S’entèn doncs, que per imports inferiors no serà necessari que s’acreditin les quotes no cobrades.

L’ajornament no podrà ser superior a dotze mesos. És la gran novetat del canvi, la limitació del plaç de l’ajornament.

Novedades fiscales del 2017. Modificaciones que afectan al inversor.

A continuación, les presentamos algunas de las novedades fiscales que serán de aplicación a partir de enero del 2017.

Guía del Contribuyente 2016 - Barcelona

A través del cuadro siguiente, que proporciona el ayuntamiento de Barcelona, les recordamos las fechas y plazos de cobro de los diferentes impuestos del contribuyente.

Impost sobre habitatges buits

L’impost sobre els habitatges buits és un tribut propi de la Generalitat de Catalunya, de naturalesa directa, que grava l’incompliment de la funció social de la propietat dels habitatges pel fet de romandre desocupats de manera permanent. És aplicable en l’àmbit territorial de Catalunya.

Rebaja de las Retenciones de los contribuyentes del IRPF.

El Gobierno ha aprobado este viernes 10 de Julio el Real Decreto-ley 9/2015, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que se aplicará con efectos retroactivos desde el 12 de Julio.
La rebaja del IRPF afectará principalmente a los profesionales y autónomos cualquiera que sea su nivel de ingresos, reduciendo la retención al 15% y en un 7% durante los tres primeros años de la actividad, para rendimientos inferiores a 15.000 euros.
Se fija también en el mismo importe la cuantía del tipo fijo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios o similares, así como de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda el derecho a su explotación.

Ref.: Piera Asesor

Entitats subjectes a l'Impost de societats.

Des de l’1 de gener de 2015 no hi haurà obligació de presentar l’Impost sobre Societats per aquelles entitats que compleixin els següent requisits:
  • Quan els seus ingressos totals no superin els 50.000 euros anuals.
  • Quan els seus ingressos procedents de rendes no exemptes sotmesos a retenció no superin els 2.000 euros anuals.
  • Quan totes les rendes no exemptes obtingudes estiguin sotmeses a retenció.
No obstant cal tenir en compte que igual que succeïa abans de la reforma del 2014, qualsevol ESAL que obtingués rendes diferents a les esmentades sí estava i continua estant obligada a presentar l’Impost sobre Societats.

Reducció d’obligacions formals en l’Impost sobre Societats


Es modifica l’article 124.3 Llei 27/2014 de l’Impost sobre Societats per tal d’alleujar del compliment d’obligacions formals a les entitats parcialment exemptes regulades en l’article 9.3 LIS.

Puntos destacados de la Nueva Reforma Fiscal.

El pasado 1 de Enero entró en vigor una nueva Reforma Fiscal.
De las distintas leyes modificadas destacamos algunos puntos de interés general para el año 2015:

Empresas ZOMBIE. Riesgos de mantener una sociedad inactiva.

Es común que cuando nuestra empresa deja de ser rentable y acumula deudas se suscite la tentación de dejar la empresa “inactiva” en una especie de “Limbo de las Empresas” con la creencia de que mientras presentemos los impuestos “no pasa nada”.

 
Lo cierto es que puede pasar mucho, y no solo a la empresa sino también a sus administradores y socios. Si su empresa es un “zombie” le recomendamos que corrija la situación con urgencia.

La mayoría de indemnizaciones por despido pagará IRPF

El Gobierno limitará algunos de los beneficios fiscales del IRPF y del Impuesto de Sociedades, para ayudar a costear la rebaja de impuestos.
El ejecutivo ha programado un recorte de tributos para los dos próximos años. Para evitar que caigan los ingresos compensará estas disminuciones con menos deducciones. Lo que ganan los trabajadores y empresas por un lado lo pierden por otro.

Plazos de la Declaración de la Renta 2013.

El 1 de abril se inicia la Campaña de la Declaración de la Renta de 2013.

Como principal novedad para este año es la eliminación de la deducción por compra de vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013.

Los plazos son los siguientes:

A partir del día 1 de abril y hasta el 30 de junio, se puede confirmar el borrador de la declaración de la renta (les recomendamos que no lo confirmen sin antes asegurarse de que el borrador sea correcto; año tras año el porcentaje de errores del borrador supera el 50% y casi siempre a favor de la Agencia Tributaria).

Desde el 23 de abril hasta el 30 de junio, se puede presentar la Declaración de la Renta así como la Declaración de Patrimonio (en Catalunya la exención es hasta 500.000€ para esta declaración de patrimonio).

Si el año pasado, usted realizó la Declaración de la Renta en Gabinet Atrium, el borrador con los datos fiscales ya lo tiene solicitado.

Para solicitar sus datos fiscales, puede dirigirse a la página de la Agencia Tributaria, y a través de su NIF o NIE, su primer apellido y el contenido de la casilla 620 de la Declaración de la Renta 2012, le serán enviados.

Puede solicitar cita previa para realizar su Declaración de la Renta en Gabinet Atrium a través de nuestro teléfono o email: 93 317 1107 · gatrium@gatrium.com

Ref.: Gabinet Atrium

Reclamación del Céntimo Sanitario.


El pasado 27 de Febrero se publicó la sentencia en el Tribunal de Justicia Europeo, que dictamina que es ilegal el Impuesto sobre la venta minorista de determinados carburos, conocido como el céntimo sanitario, por ser contrario a la Directiva sobre los impuestos especiales, con efectos retroactivos.

El Ministro Soria admite que se subirá el IVA.


El discurso del Gobierno sobre la subida del IVA ha dado un giro de 180 grados cuando no han pasado ni tan solo 24 horas de la reunión del presidente con el presidente de la Comisión Europea, Durao Barroso. Ayer jueves, el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, admitió que incrementará el tipo impositivo en determinados productos.

El ministro afirmó que “algún tipo se tocará” pero aseguró que mantendrá en el 10% el IVA del turismo y la hostelería, debido a su importancia para la economía española en esta época del año. Un cambio en este sector podría aumentar peligrosamente el descontento con la gestión del Gobierno.

La petición de Bruselas
Las recomendaciones de Bruselas aconsejan al gobierno español modificar el IVA de algunos productos que tienen un tipo superreducido (4%) y subirlo al reducido, del 10%.
El ministro considera que este cambio no se puede considerar una subida como tal, apuntó que “una subida del IVA sería que lo que está en un tipo del 10% pasara a un tipo del 15%, pero de lo que se está hablando es de que algunos productos que tributan en el tipo superreducido pasen a tributar al mismo tipo que lo hacen en otros países”, calificando la subida de 6 puntos (del 4% al 10%) como mero trámite sin ningún tipo de repercusión.

La factura de la Luz
Sobre la cuestión de la luz, Soria prevé que este año la evolución sea mucho mejor en términos de precios que en 2012. El ministro ha reiterado que una subida o bajada en el precio de la luz “no depende del Gobierno” sino del resultado de la subasta eléctrica, que en este caso sí depende del Gobierno, como varios periodistas se apresuraron a matizarle. 


Ref.: Economía Digital

La vivienda todavía desgrava en la Declaración de la Renta 2012.

Alguna comunidades autónomas mantienen este beneficio fiscal, aunque, en la mayoría de casos, sujeto a requisitos como el límite de edad, renta o discapacidad. Además, en varias regiones es posible pagar menos en la declaración de la Renta 2012 si se han realizado obras de rehabilitación del inmueble.
Estos son los ejemplos más destacados:

Adquisición de vivienda libre.
En comunidades como Andalucía, los allí residentes podrán deducirse un 3% en la cantidad abonada por la compra de vivienda habitual. Eso sí, con requisitos: es imprescindible tener menos de 35 años y no superar una base imponible de 18.000 euros. En Extremadura, donde se suprime esta deducción, sí se mantiene en el caso de jóvenes menores de 35 años con una rebaja del 3%. Lo mismo ocurre en Murcia con un 5%, en la Rioja entre el 3% y el 5%, con una base máxima de 18.000 euros. En Valencia un 5% para menores de 35 años. La discapacidad también es un requisito en Asturias para obtener beneficios fiscales.
En Canarias hay deducción en el caso especial de las cantidades donadas a favor de descendientes cuyo destino sea la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual del donatario. También se mantiene la desgravación sin requisitos de edad ni minusvalía.
En Catalunya será del 7,5% de forma universal para inmuebles de nueva construcción y para aquellos contribuyentes con una base máxima de 9.040 euros.

Nuevo Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero.

El 31 de enero de 2013 se publicó en el BOE la Orden HAP/72/2013, de 30 de enero, por la que se aprueba el modelo 720, declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, que refiere a la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y que determina el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.

Los bienes y derechos afectos por la declaración son divisibles en tres grandes grupos:
  1. Las cuentas bancarias, depósitos o semejantes.
  2. Los valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
  3. Los bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.

Pasos legales para montar una tienda en Internet.


Hoy todo puede comprarse y venderse a través de Internet; desde servicios diversos hasta productos tangibles. La red ofrece una oportunidad de negocio que requiere baja inversión, reducidos costes de funcionamiento y es compatible con otras actividades.
Pero, a pesar de la relativa facilidad que implica montar un negocio online, una empresa de este tipo no esta exenta de requerimientos que habrá que cumplir para que el éxito no se vea deslucido por no atenerse a la ley y las obligaciones fiscales.
A continuación describimos paso a paso como crear un negocio en Internet.

La vivienda “chollo” no existe, su valor fiscal real aumenta los impuestos.


Todas las viviendas tienen un precio mínimo de venta. Las viviendas con precios muy bajos como reclamo para atraer la atención de potenciales compradores son, en mayoría, viviendas mal ubicadas, de segunda mano o en muy mal estado de conservación. 
En muchos casos, encuentran salida en el mercado entre compradores que suelen llevarse una desagradable sorpresa cuando Hacienda les reclama más dinero en concepto de impuestos.
Por muy bajo que sea el precio de venta, todo comprador debe saber que todos los inmuebles tienen un valor fiscal, es decir, un precio mínimo de venta.

Novedades del IVA a partir del 1 de Enero de 2013. Módulos y Facturación.


A continuación publicamos un recordatorio de las últimas novedades normativas publicadas en los últimos días y que afectan directamente al IVA en su aplicación para el 2013.
Orden HAP/2546/2012 de 30 de Noviembre, por el que se desarrollan para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
1. Se han incluido magnitudes excluyentes introducidas por la Ley 7/2012, conocida como “lucha contra el fraude fiscal”. En concreto, no podrán tributar en el régimen de estimación objetiva:
  • Si el volumen conjunto de rendimientos íntegros, de las actividades de Transporte de mercancías por carretera y de Servicios de mudanzas, supera los 300.000 euros en el año anterior durante 2012.
  • Si el volumen de los rendimientos íntegros correspondientes al conjunto de las actividades enumeradas a continuación, que proceda de personas o entidades retenedoras supera cualquiera de las siguientes cantidades:

El Congreso aprueba el proyecto de ley que suprime la deducción por vivienda habitual.


La Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados ha aprobado, con competencia legislativa plena, el proyecto de ley que suprime la deducción por vivienda habitual el 1 de enero de 2013 y que aplica un impuesto del 20% a los premios de las loterías y los sorteos superiores a 2.500 euros.
La futura norma ha salido adelante sólo con los votos del PP, mientras que han votado en contra los grupos parlamentarios de UPyD, Izquierda Plural, CiU y PSOE.
El proyecto de ley también contempla la prórroga del impuesto sobre el patrimonio, que se restableció para 2011 y 2012; y limita parcialmente la amortización fiscal de las empresas para lograr una mayor recaudación.
El proyecto incluye una enmienda del PP que permite un proceso de regularización de inmuebles urbanos y rústicos no inscritos en el Catastro, que se incorporaría a este registro sin la imposición de multa alguna por no haberlos declarado, pero que obligaría a los dueños a pagar los impuestos no prescritos.
Pedro Saura (PSOE) ha denunciado la nueva “amnistía” que se va a aplicar en el Catastro en los años 2013 y 2014, que supondrá perdonar multas de 6.000 euros a cambio de pagar una tasa de 60 euros; y que se permita “blanquear” las pérdidas obtenidas en los juegos de azar para beneficiar el proyecto de Eurovegas.

Ref.: Europa Press