Puntos destacados de la Nueva Reforma Fiscal.

El pasado 1 de Enero entró en vigor una nueva Reforma Fiscal.
De las distintas leyes modificadas destacamos algunos puntos de interés general para el año 2015:


· Las retenciones de los alquileres bajan del 21% al 20% en 2015 y 19% en 2016.

· Las retenciones de los autónomos pasan del 21% al 19% en 2015 y al 18% en 2016.

· Cuota autónomos 2015. Las subidas anuales en las bases de cotización se recogen en la Ley de presupuestos generales del Estado para 2015. La base mínima de cotización sube el 1%, desde 875,70 a 884,40 euros mensuales, por lo que la cuota mínima pasa de 261,83 a 264,44 euros. La de los autónomos societarios sube jasa 315,97 euros. La base máxima de cotización sube apenas un 0,25%.

· Nuevos requisitos para estar en módulos:
  • Entrará en vigor el próximo enero 2016.
  • El umbral de exclusión con carácter general bajará de los 450.000 a 150.000 euros de ingresos, y de 300.000 a 150.000 de gastos.
  • Quedarán excluidas de este método las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE a las que sea de aplicación en 2015 la obligación de retención al 1%; actividades de fabricación y construcción.
  • Limitación a la estimación directa simplificada: a partir de 500.000 euros de facturación anual los autónomos deberán tributar en estimación directa normal del IRPF.
· Módulos 2015: se mantienen los mismos módulos de IRPF e IVA que en el 2014.

· Se reducen los tramos del IRPF que irán del 20% al 47% en 2015 y del 19% al 45% en 2016 mientras se aumentan los mínimos familiares junto con la introducción de tres nuevos impuestos negativos.

· Las retenciones de los administradores pasan a tener un gravamen general del 42% al 35%, por desempeño de administradores de la empresa.

· Se ha suprimido la deducción por alquiler de vivienda para nuevos contratos firmados a partir del 1 de Enero.

· Retenciones de los profesionales autónomos: Bajan las retenciones que los autónomos practican en sus facturas. En concreto del 21% al 19% a partir del 1 de enero 2015 y al 18% para 2016. Además, los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000 euros pagan un tipo reducido del 15% desde el pasado mes de julio.

· IVA en la exportación de productos y servicios digitales a países de la UE: desde enero de 2015 los autónomos y pymes que exporten productos o servicios digitales a la UE deben abonar el tipo de IVA vigente en el país de destino, es decir, en el que está ubicado el comprador de los productos o servicios.

· Se sube el IVA en la mayoría de productos sanitarios, y se reduce en las flores.

· Impuesto de Sociedades: se establece una rebaja en dos fases de los tipos de impuesto sobre sociedades. Durante el 2015 se bajará del 30% al 28%, y en 2016 hasta el 25%. Esta reducción no afectará a la pymes, al mantenerse un gravamen del 25% para los primeros 300.000 euros de beneficio.

· Sociedades Civiles: 2015 será un año de transición en las sociedades civiles. En 2016 tendrá lugar un cambio de tributación para las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil, que deberán tributar por un nuevo régimen fiscal, mientras que las que tengan objeto mercantil pasarán a tributar por el Impuesto sobre Sociedades.

· Fin de la deducción por mantenimiento de empleo: Se suprime la deducción del 20% para las Pymes y autónomos que mantienen el empleo.

· Nuevo modelo de nómina de los trabajadores. Las nóminas deben incluir una nueva sección informativa indicando cuánto aporta la empresa a la Seguridad Social por la contratación del trabajador. Este modelo se deberá de ir adoptando de forma progresiva hasta el próximo 12 de mayo del 2015.

· Los autónomos societarios que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad deberán cobrar por facturar y no por nómina, siempre y cuando su cotización se efectúe en el régimen de autónomos o en una mutualidad que actué como alternativa al RETA.

· Preaviso de los bancos. Las pymes que se vean afectadas por una reducción (de al menos el 35%) o cancelación de su financiación deberán recibir por parte de las entidades bancarias un preaviso de tres meses. También podrán pedir información sobre su posición financiera, historial de pagos, extracto, calificación crediticia y sobre su calificación crediticia.
Ref.: Gabinet Atrium

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