Los licenciados en Derecho aún disponen de dos años para colegiarse y evitar la Ley de acceso a la abogacía.

El próximo 31 de octubre entra en vigor la Ley 34/2006 sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador, al cumplirse el plazo de 5 años de vacatio legis. A partir de ese momento los futuros licenciados o grados en Derecho que quieran obtener el título profesional de abogado o procurador deberán superar un periodo de formación especializada, que incluye prácticas externas, y la correspondiente evaluación que introduce dicha norma.
Solo las Universidades públicas y privadas, y las Escuelas de Práctica Jurídica homologadas por el CGAE podrán impartirlos.
Pese al incremento en el número de nuevas incorporaciones en los distintos Colegios de Abogados, y al “alarmismo” transmitido por algunos medios, quienes estén en posesión de un título de licenciado o grado, cursando dichos estudios, o funcionarios públicos que hayan accedido a un cuerpo o escala del grupo A no se verán afectados, ni quienes hayan ingresado en el Cuerpo de Letrados de las Cortes Generales, Carrera Judicial o Fuerzas Armadas en su condición de licenciados en Derecho.


Ref.: lexdiario.es

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