Las Cajas con ayudas públicas se niegan a publicar los sueldos de sus directivos.


Las cajas que recibieron ayudas públicas quieren evitar la publicación en detalle y de forma personalizada de los sueldos completos de los miembros de sus consejos y de la alta dirección de las entidades.

El límite que fijó el Banco de España para publicar la remuneración vence el día 31 de diciembre. Su idea era publicarla de forma individual, para dar respuesta a la alarma social creada con los últimos escándalos de pensiones e indemnizaciones millonarias de directivos con ayudas públicas, como los de la CAM o Nova Caixa Galicia. El Banco de España sostiene que es un ejercicio de transparencia, de tal forma que quien no lo publique quedará retratado. El problema reside en que nadie publique dato alguno y no quede nadie retratado.

Ninguna de las entidades obligadas a presentar la información ha tomado aun la decisión sobre si publicar esta información o no. Estas son Bankia, Nova Caixa Galicia, Catalunya Caixa, Banca Cívica, Unnim, BMN, Caja España. La mayoría de las entidades reconocen en privado que la decisión final que se adopte dependerá mucho de lo que hagan el resto de las cajas obligadas a publicar los sueldos.

Para contrarrestar esta situación, las cajas estudian acogerse a la ley de protección de datos, para n autorizar la difusión de la información. Tal como establece el artículo 11 de la LOPD, como principio legal, se requiere el consentimiento previo del interesado para comunicar sus datos a terceros. En este caso, pues, deberían ser los directivos los que autorizaran a su entidad a comunicar al Banco de España los datos que les conciernen. Deberían facilitar los sueldos, las dietas, los planes de pensiones y los blindajes.



Ref.: La Vanguardia

Augment de les tarifes de Transport Públic.

El preu de l'abonament de transport públic més utilitzat de Barcelona, la T-10, pujarà fins als 9,25 euros, un euro més del fixat per a aquest 2011 (un 12% més) i la T-50/30 a 37 euros, amb un increment de 3,5 (10% més), segons ha aprovat aquest dilluns, per als bitllets d'una zona, el consell d'administració de l'Autoritat del Transport Metropolità (ATM).

La pujada mitjana ponderada se situarà en el 7,9%, segons les dades que ha ofert en roda de premsa el conseller de Territori i Sostenibilitat, Lluís Recoder, qui ha avançat que es canviarà la política tarifària, fent que com més viatges faci l'usuari més barats li sortiran, mentre que es castigarà els més excepcionals. Recoder ha subratllat que la Generalitat augmentarà un 6,3 % l'aportació a l'Autoritat del Transport Metropolità (ATM), el que equival a 300 milions d'euros més de dotació en els pressupostos per al proper any.

Per a una zona, el bitllet senzill passarà a costar dos euros, 0,55 cèntims més (38% d'augment) i, per contra, es baixaran les tarifes de la T-Trimestre (de 140 a 135 euros) i de la T-Mes (de 51 a 50), i la T-Jove tindrà una disminució superior al 12% a totes les zones, baixant la d'una de 119 a 100, amb el que els joves podran adquirir un títol trimestral pagant dos T-Mes. També s'aplicaran descomptes extra per als aturats i joves, en alguns abonaments.


Ref.: Europa Press

Calendari Laboral de Festes per l'any 2012



DEPARTAMENT D'EMPRESA I OCUPACIÓ
ORDRE EMO/80/2011, de 27 d'abril, per la qual s'estableix el calendari oficial de festes laborals per a l'any 2012. (Pàg. 26880)


ORDRE
EMO/80/2011, de 27 d'abril, per la qual s'estableix el calendari oficial de festes laborals per a l'any 2012.
Atès el que disposen l'article 170.1.l) de l'Estatut d'autonomia de Catalunya; l'article 37 del Reial decret legislatiu 1/1995, de 24 de març, pel qual s'aprova el Text refós de l'Estatut dels treballadors, i el Decret 177/1980, de 3 d'octubre, modificat pel Decret 17/1982, de 28 de gener, pel Decret 152/1997, de 25 de juny, i pel Decret 146/1998, de 23 de juny;
Vist l'article 12 de la Llei 13/1989, de 14 de desembre, d'organització, procediment i règim jurídic de l'Administració de la Generalitat de Catalunya; escoltat el Consell de Relacions Laborals, i en ús de les atribucions que tinc conferides,
Ordeno:
Article 1
a) Seran festes laborals a Catalunya durant l'any 2012 les següents:
6 de gener (Reis).
6 d'abril (Divendres Sant).
9 d'abril (dilluns de Pasqua Florida).
1 de maig (Festa del Treball).
15 d'agost (l'Assumpció ).
11 de setembre (Diada Nacional de Catalunya).
12 d'octubre (Festa Nacional d'Espanya).
1 de novembre (Tots Sants).
6 de desembre (Dia de la Constitució).
8 de desembre (la Immaculada).
25 de desembre (Nadal).
26 de desembre (Sant Esteve).

b) Atès que el 17 de juny, festa d'Aran, coincideix en diumenge, no s'escau l'aplicació del Decret 146/1998, de 23 de juny, pel qual es modifica el Decret 177/1980, de 3 d'octubre, sobre el calendari de festes fixes i suplents al territori d'Era Val d'Aran.
Article 2
A més de les festes esmentades es fixaran, mitjançant una ordre d'aquest Departament, dues festes locals, retribuïdes i no recuperables, a proposta dels ajuntaments.
Article 3
De conformitat amb el Decret 319/1993, de 28 de desembre (DOGC de 3.1.1994), i en relació amb el que disposa l'article 48.7 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, el calendari laboral anual tindrà efectes com a calendari de dies inhàbils pel que fa al còmput de terminis administratius a Catalunya.

Barcelona, 27 d'abril de 2011

F. Xavier Mena
Conseller d'Empresa i Ocupació


GABINET ATRIUM - ANNEX CALENDARI LABORAL CATALUNYA 2012

6 de gener

Reis.
6 d’abril

Divendres Sant.
9 d’abril

Dilluns de Pasqua Florida.
1 de maig

Festa del Treball.
15 d’agost

L’Assumpció.
11 de setembre

Diada Nacional de Catalunya.
12 d’octubre

Festa Nacional d’Espanya.
1 de novembre

Tots Sants.
6 de desembre

Dia de la Constitució.
8 de desembre

La Inmaculada.
25 de desembre

Nadal.
26 de desembre

Sant Esteve.
















FESTES LOCALS - CATALUNYA 2012: 

ORDRE
TRE/2010, de 22 de novembre, per la qual s’estableix el calendari de festes locals
a la Comunitat Autònoma de Catalunya per a l’any 2011.
Vist que els ajuntaments de la Comunitat Autònoma de Catalunya han formulat les propostes sobre les dues festes locals, corresponents al seu municipi i agregats;
Atès que en les localitats respectives les festes locals tenen el caràcter de dies inhàbils
a efectes administratius, d’acord amb l’article 48.7 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú;
Atès que d’acord amb l’article 46 del Reial decret 2001/1983, de 28 de juliol, sobre regulació de la jornada de treball, jornades especials i descansos, correspon a l’autoritat laboral la seva determinació i publicació;
Atès el que disposen l’article 170.1.l) de l’Estatut d’autonomia de Catalunya; l’article 37.2 de l’Estatut dels treballadors, Text refós aprovat pel Reial decret legislatiu 1/1995, de 24 de març; el Decret 177/1980, de 3 d'octubre, modificat pel Decret 17/1982, de 28 de gener, pel Decret 152/1997, de 25 de juny i pel Decret 146/1998, de 23 de juny, i l’Ordre  TRE/309/2010, d’11 de maig, per la qual s’estableix el calendari de festes laborals per a l’any 2011 a Catalunya, i en ús de les atribucions que em són conferides,

Ordeno:
Article únic
Es fixa el següent calendari laboral de festes de caràcter local per a l’any 2011 a la Comunitat Autònoma de Catalunya, distribuïdes per comarques.
Es fan constar en aquesta Ordre els ajuntaments que no han formulat proposta de festes locals dins el termini assenyalat

F. Xavier Mena
Conseller d'Empresa i Ocupació
  

GABINET ATRIUM - FESTES LOCALS DE CATALUNYA 2012

POBLACIÓ

FESTIUS LOCALS
Badalona
11 de maig
28 de maig
Barcelona
28 de maig
24 de setembre
Borges Blanques
3 de setembre
4 de setembre
Canet de Mar
29 de juny
10 de setembre
Canyelles
23 de juliol
10 de setembre
Castelldefels
14 d’agost
7 de desembre
Cornellà de Llobregat
28 de maig
8 de juny
El Prat de Llobregat
28 de maig
1 d’octubre
Esparreguera
13 de febrer
09 de juliol
Esplugues de Llobregat
28 de maig
21 de setembre
Gavà
29 de juny
14 de desembre
Girona
25 de juliol
29 d’octubre
Granollers
15 de maig
26 de juliol
Gualba
23 de gener
16 d’agost
Hospitalet de Llobregat
28 de maig
24 de setembre
Manresa
21 de febrer
27 d’agost
Martorell
30 d’abril
16 d’agost
Masnou
28 de maig
29 de juny
Masquefa
23 de juliol
24 de juliol
Mataró
28 de maig
27 de juliol
Molins de Rei
28 de maig
29 de setembre
Mollet del Vallés
28 de maig
20 d’agost
Montcada i Reixac
28 de maig
24 de setmebre
Montgat
23 d’abril
28 de maig
Piera
28 de maig
8 de setembre
Rubí
28 de maig
29 de juny
Sant Adrià del Besos
28 de maig
10 de setembre
Sant Andreu de la Barca
3 de setembre
30 de novembre
Sant Boi de Llobregat
28 de maig
7 de desembre
Sant Celoni
10 de setembre
12 de novembre
Sant Climent de Llobregat
10 d’agost
23 de novembre
Sant Cugat del Vallès
3 de març
29 de juny
Sant Esteve Sesrovires
5 d’abril
27 de juliol
Sant Feliu de Buixalleu
5 d’abril
10 d’agost
Sant Feliu de Llobregat
28 de maig
10 de setembre
Sant Just Desvern
28 de maig
6 d’agost
Sant Pere de Ribes
25 de gener
29 de juny
Sitges
22 de febrer
24 d’agost
Sta. Margarida i Monjos
5 d’abril
20 de juliol
Terrassa
5 d’abril
2 de juliol
Vilanova i la Geltrú
17 de gener
20 de febrer
Vilassar de Dalt
30 d’abril
28 de maig



Refs.: DOCG
Gabinet Atrium

Las S.A. y S.L. dejarán de recibir notificaciones por correo.


La Agencia Tributaria dejará de enviar por correo sus notificaciones, las pondrá a disposición de contribuyente en la Sede Electrónica de la AT y en el portal notificaciones.060.es. Además enviará un aviso informativo al e-mail que el contribuyente desee comunicándole la notificación.
El contribuyente debe acceder a dichas notificaciones. A los 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.
¿A quién afecta?
A todas las SA y SL, todos los contribuyentes cuyo NIF empiece por A, B, N, W, U y algunos que empiezan por V, contribuyentes que estén inscritos en el Registro de Grandes Empresas o el Registro de devolución mensual del IVA, los de régimen de consolidación fiscal del Impuesto de Sociedades, y los autorizados a presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema EDI.
No afecta a personas físicas si no se encuentran en algún punto anterior.
¿A partir de qué momento?
La Agencia Tributaria notificará individualmente y por correo que quedan incluidos en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH)
A partir de que el contribuyente reciba la notificación ya no se le enviarán más notificaciones por correo. Deberá consultarlas obligatoriamente por Internet.
Mientras no se reciba dicha notificación, el contribuyente todavía no estará incluido en el sistema de DEH y seguirá recibiendo sus notificaciones por correo.
¿Cómo ver las notificaciones?
1.     Asegurarse de que disponen del certificado electrónico de usuario correspondiente y en vigor.
2.     Acceder al portal notificaciones.060.es, donde pedirán una serie de datos para la correcta notificación.
3.     Acceder a las notificaciones electrónicas en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.gob.es) o bien en la web de notificaciones mencionada anteriormente.


Ref.: AEAT

Nueva regulación de las prácticas académicas externas de los universitarios.

El Consejo de Ministros aprobó el viernes 18 de noviembre un Real Decreto que establece una nueva regulación de las practicas académicas externas de los estudiantes con el fin de adecuarlas al marco adaptado al Espacio Europeo de Educación Superior.

El texto desarrolla y enfoca aspectos determinantes referentes a los objetivos de las prácticas, entidades colaboradoras y destinatarios, requisitos, etc.

El Real Decreto recoge la importancia de la contribución a la formación integral de los estudiantes, el complemento de su aprendizaje y la adquisición de experiencia práctica favorecedora, así como el fomento de valores como la innovación, la creatividad y el emprendimiento.

El texto también hace hincapié a las modalidades y tipos de prácticas académicas posibles, distinguiendo entre curriculares y extracurriculares, indicando que éstas ultimas, que se pueden realizar voluntariamente durante su periodo de formación serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título.

En lo referido a los convenios de Cooperación Educativa aparecen dos novedades. Por una parte nace un nuevo sujeto, las entidades gestoras, que serán unidades integradas en la estructura de las fundaciones universitarias, fundaciones universidad-empresa y otras unidades similares que han venido impulsando no sólo las prácticas de empresa, sino también la formación y orientación para el empleo. En segundo lugar, se establece un contenido mínimo de los convenios con un proyecto formativo, un régimen de permisos y unas condiciones de rescisión anticipada de la práctica, en caso de incumplimiento de los términos, mas acotados, una bolsa o ayuda de estudios para el estudiante, la protección de sus datos y la regulación de los eventuales conflictos surgidos en su desarrollo.

Entre las novedades podemos destacar la referencia a obligaciones y derechos, donde se señala expresamente que en ningún caso podrán derivarse obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo. El tiempo de las prácticas no se computará a efectos de     antigüedad ni eximirá del periodo de prueba.

Finalmente se recoge por primera vez algunas pautas y directrices sobre oferta, difusión y adjudicación de las dichas prácticas externas.



Ref.: Centro de Estudios Financieros

El Banco de España interviene el Banco de Valencia con 3.000 millones.


El Banco de España intervino ayer el Banco de Valencia para entrar en su capital. Inyecto 1.000 millones de euros de dinero publico para mantener la solvencia hacia sus clientes. Además, se aportarán otros 2.000 millones a través del FROB que asegure la liquidez en las líneas de crédito.
El Banco de Valencia pertenece a BFA Banco Financiero, matriz de Bankia, compuesta por Caja Madrid Bancaja, Caja de Canarias, Caixa Laietana, Caja de La Rioja, Caja Ávila y Caja Segovia.
Primera intervención sobre un Banco desde que empezó la crisis, el FROB cesó a toda la cúpula directiva y tomó el control de la entidad. Esta es la segunda entidad valenciana intervenida después de Caja CAM, y la cuarta en total.
Con una elevada exposición al sector inmobiliario, BV había concedido más de 3.000 millones de crédito para inmuebles, de los que se calcula que 500 son morosos.
El presidente de Bancaja y expresidente de BV, José Luis Olivas, presento su dimisión ayer mismo como vicepresidente ejecutivo de Bankia y vicepresidente de Banco Financiero, matriz del grupo, justo antes de que se hiciera publico el agujero, y lo hizo sin consultar si quiera con el presidente del grupo Rodrigo Rato.
Se desconoce si José Luis Olivas, que llegó incluso a presidir la Generalitat Valenciana durante unos meses, ha dimitido de la presidencia de Bancaja, de la que tomó posesión tras dejar el sitio en la Generalitat a Francisco Camps.
Se trata pues de la cuarta entidad financiera que interviene el Banco de España desde que comenzó la restructuración financiera. Banco de Valencia sigue a Caja Castilla-La Mancha (CMM), Cajasur y Caja de Ahorros del Mediterráneo (Caja CAM), primera de la Comunidad Valenciana.

Refs.: 20minutos.es
La Vanguardia
Banco de España

En época de crisis, la formación es lo que cuenta.


Con el fin de encontrar trabajo y dejar atrás el paro, hace tiempo que muchos reducen la información sobre formación en el curriculum. Sin embargo, las estadísticas señalan que una buena formación es fundamental para acceder a un puesto.
A más formación, menos desempleo. En épocas de bonanza económica, en la que la tasa de paro se situaba en el 8%, el colectivo de los más jóvenes rondaba el 11,5%, pero en la actualidad el escenario se ha vuelto mucho mas convulso y la tasa se ha disparado hasta el 34%. Llegar a ser mileurista parece todo un reto, y para algunos el simple hecho de encontrar trabajo es su gran meta.
En función del nivel educativo encontramos amplias diferencias con independencia de la edad. Así, de esta forma, la tasa de paro para los trabajadores que solo poseen la educación primaria se sitúa en el 30,76%, mas del doble de los que han cursado estudios superiores (12,47%) y diez veces superior a los que cuentan con el dotorado (3,98%).
La educación primaria no es suficiente en estos momentos para conseguir trabajo. Los jóvenes entre 16 y 19 años registran la tasa mas alta con un 73,27%. Delante de esta situación tan desfavorable, muchos deciden seguir adelante con sus estudios.
La tasa de paro comprendida entre 20 y 29 años que han cursado FP se sitúa en el 27%.
Los títulos universitarios siguen siendo los que mas salidas ofrecen, pero la licenciatura y las diplomaturas, a partir de ahora grados tras la implantación de Bolonia, no solucionan los problemas. El porcentaje de parados con titulo universitario del trimestre anterior es del 12,47%, el triple que hace cuatro años. En el caso de las personas entre 20 y 24 años aumenta hasta el 34,39%, y hasta el 20,16% para los de 25 a 29.

Ref.: Gabinet Atrium

¿ Quieres constituir una empresa ?


La constitución de una empresa implica la realización de diferentes tramites en las diferentes administraciones.

  • Administración del estado (hacienda, Seguridad Social, Registro mercantil)
  • Generalitat
  • Ayuntamiento

¿ Quien puede constituir una empresa ?

  • Las personas jurídicas pueden constituir una sociedad limitada (SL)
  • Las personas físicas pueden darse de alta como autónomo, constituir una sociedad limitada (SL), o constituir una sociedad limitada de nueva empresa (SLNE). 

¿ Donde puedes conseguir asesoramiento ?
Antes de emprender algún tramite, es recomendable que te asesores bien sobre la mejor opción de sociedad y que hagas un buen plan de empresa mediante un asesor profesional.
¿ Qué pasos debes seguir ?

  • Decidir qué tipo de empresa quieres constituir.
  • Para SL, pedir el certificado negativo del nombre en el Registro Mercantil Central.
  • Pedir cita en un despacho profesional, gestor administrativo donde se te informará de todos los documentos necesarios y os tramitará los formularios necesarios para la constitución de la sociedad (solicitud del nif, licencia de apertura, liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales, inscripción de la empresa en el Registro Mercantil, altas de socios y trabajadores en Seguridad Social, apertura del centro de trabajo, registros administrativos de la empresa.
  • Pedir cita en el notario para la tramitación definitiva.
  • Depositar el capital en una entidad financiera, que emitirá una certificación que deberás aportar a la cita del notario.
  • Firmar las escrituras que presenta el notario.

Una vez tengas las escrituras selladas por el notario, seras oficialmente dueño de una nueva empresa.



Ref.: Gabinet Atrium

Martes a las 16h.... El mejor momento para una reunión.


Las reuniones innecesarias e improductivas son uno de los factores principales que causan la pérdida de tiempo en el trabajo, junto con los correos electrónicos totalmente prescindibles y los PowerPoint eternos.
Si usted es víctima de los derrochadores de tiempo, que convocan comités por cualquier motivo, a cualquier hora y sin una agenda definida, debe saber que hay momentos específicos en los que una reunión puede ser verdaderamente eficaz.
Reuniones de oficina... Pueden ser una tortura, una pérdida de tiempo, un caldo de cultivo para la ineficacia y la falta de productividad en el que algunos personajes se mueven como pez en el agua. Las necesitan para existir, las fomentan, cultivan y alargan.
¿Hay algún momento especialmente propicio para una reunión?
Pruebe los martes, justo después de comer. Algunos expertos creen que este es el día y la hora. De los estudios que han investigado el momento más oportuno para reunirse en horario de trabajo se puede concluir que los lunes y los viernes son los peores días. Entre otras cosas, porque ambos días suelen ser usados para las libranzas, y convocar entonces implica que puede faltar algún miembro del equipo. Sin contar con el weekend mode de muchos empleados en esas fechas.
Un estudio del servicio de gestión del tiempo WhenIsGood, publicado en Inc. , confirma las teorías sobre la poca idoneidad de lunes y viernes, y declara el martes como el más propicio para las reuniones. ¿Por qué a las 4 de la tarde? Keith Harris, coordinador del estudio, explica que "si se convoca una reunión a las 9 de la mañana, los asistentes tendrán que prepararla el día anterior, o llegarán sin haberla preparado convenientemente. En una reunión convocada a las 9 de la mañana, sólo uno de cada tres es proclive a aprovechar el tiempo".
El truco de 'la puntualidad de los trenes suizos': establezca una duración muy precisa para sus reuniones del tipo 'de 10,12 horas a 10,36 horas'. Esta precisión específica sirve como aviso y predispone a los asistentes a aprovechar el tiempo.
Si el momento elegido son las últimas horas de la tarde, la mayoría estará más pendiente de que termine para irse a casa que de aprovecharla realmente. Una reunión a última hora es perjudicial para muchas cosas. Pero si usted quiere que la motivación sea cero; si pretende crear un clima de entusiasmo sobre un producto o servicio. Una reunión al final del día es el mejor argumento para fracasar en el intento.
Tampoco conviene convocar si sospechamos que la hora de desayunar o de comer puede convertirse en una peligrosa frontera. Algunos expertos aconsejan que, llegado este caso, lo más inteligente es proveer de comida a los asistentes. Comer y trabajar (reunirse) al tiempo, es considerado por muchos empleados como un signo de productividad.
Los expertos en reuniones eficaces coinciden en la importancia del tiempo para las reuniones. Así, hay reuniones muy eficaces que duran sólo 30 minutos. Las reuniones periódicas a las que están acostumbradas muchas organizaciones terminan por parecerse al día de la marmota.
Más trucos o mandamientos para aprovechar el tiempo en una reunión:
  • Prepárela adecuadamente, clarificando el propósito de la misma.
  • Establezca objetivos claros; conviene saber qué se quiere y con qué información han de salir todos los asistentes.
  • Evite aquellas reuniones que no tengan una agenda clara, y también las que no cumplan estrictamente el horario de comienzo y de final. Sin olvidar que resultan innecesarias aquellas que finalmente no cumplen con el propósito original al ser convocadas.
  • Tenga en cuenta que las reuniones son para tomar decisiones estratégicas y no sólo para discutir problemas operativos del día a día. En el entorno de cualquier compañía, las reuniones sirven básicamente para comunicar, administrar y decidir.
  • Las reuniones ineficaces crean frustración en todos los niveles de la organización, y la información que generan suele ser manejada de forma inadecuada y perniciosa por quienes asisten a ellas.
  • Es bueno tomar notas sobre lo que se habla y se decide. Eso permite que las inexactitudes y las inconsistencias puedan ser detectadas inmediatamente.



Ref.: Boletín Supercontable