Los Despidos después de la Reforma Laboral

Antes de la reforma del 12 de febrero, el 65% de los despidos en España se realizaban a través de la vía del despido exprés, en el que el empresario reconocía la improcedencia de su decisión y, por tanto, abonaba la indemnización de 45 días por año trabajado y un máximo de 42 mensualidades. Así terminaba la relación laboral.

La reforma elimina radicalmente de la ley esta posibilidad de despido. Las formas de despedir y de resolver estas extinciones de contratos en los juzgados son las siguientes:

Despido disciplinario
No ha sufrido modificaciones en cuanto a sus causas. El empresario recurre a esta modalidad cuando considera que el trabajador comete faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad, indisciplina, desobediencia u ofensas verbales al empresario o compañeros en el trabajo, transgresión de la buena fe contractual o abuso de la confianza en el desempeño, disminución continuada y voluntaria del rendimiento de trabajo, embriaguez habitual o toxicomanía si repercute negativamente en el trabajo, o acoso al empresario o compañeros por motivos raciales, religiosos, sexuales o de discapacidad.
La nueva ley modifica los criterios para medir el absentismo como causa objetiva de despido. Se podrá despedir al trabajador por faltas de asistencia al trabajo, aunque estén justificadas, si alcanzan el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses.
El juez puede dictaminar que la empresa tiene razón y declarará el despido procedente, en este caso el despedido no recibe indemnización alguna. En el caso de declararse despido improcedente se aplicará una indemnización de 33 días por año trabajado con 24 mensualidades.

Despido por causas objetivas
Este puede ser individual o colectivo.
El empresario recurre a esta modalidad cuando se produce una ineptitud sobrevenida del trabajador, éste no se adapta, si se dan causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se alcanza unas cotas determinadas de absentismo en la empresa.
La causa más común escogida por las empresas es la económica y su definición ha sufrido un importante cambio en la reforma. Ahora se entiende que concurre esta causa cuando se desprenda una situación económica negativa de los resultados de la empresa, se prevean pérdidas o una disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas.
Ahora  la empresa no es necesario que justifique la razonabilidad de la decisión extintiva para preservar o favorecer su posición competitiva en el mercado.
En el caso de los despidos objetivos individuales, si el juez los estima procedentes, les aplicará una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Si son declarados improcedentes, se indemnizarán con 33 días por año trabajado y un máximo de 42 mensualidades.
En el caso del despido colectivo, el empresario tiene la decisión unilateral de llevar a cabo dicho despido, sin necesidad de una autorización administrativa ni de elevar las indemnizaciones previstas en la ley para lograr la autorización de despido.
La indemnización correspondiente a los despidos colectivos será de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Todos los despidos anteriores pueden ser declarados nulos por el juez, si considera que la empresa vulnera derechos fundamentales del trabajador o si la persona es discriminada. De producirse la nulidad, el trabajador deberá ser readmitido en la empresa.


Ref.: Cinco Días

Hecha la ley… hecha la ley trampa del pago a proveedores!

 El gobierno concederá un crédito de 35.000 millones de euros a autonomías y municipios para que paguen a sus proveedores, pero el sistema establece que cobrarán antes aquellos que acepten un descuento sobre sus facturas.

Las grandes compañías constructoras ya se han quejado del sistema de quitas sobre las facturas que propone el Gobierno para los que quieran cobrar en un primer turno, pero son grandes corporaciones que tienen suficiente cajón para aguantar ya sea el descuento o la espera que les garantice el total de la factura.
Quienes no tienen ningún cajón y día a día parecen ahogados son las PYMES y los autónomos. A ellos el anuncio del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro asegurando que los ayuntamientos españoles pagarán una deuda histórica de 32.000 millones esconde una trampa. Temen que el sistema de quitas forme parte de un plan perverso.
“Es como si estas ahogándote en medio del mar y de repente te ofrecen un salvavidas, te alegras, pero luego te dicen que para tirarlo tienes que cortarte un brazo”, asegura el portavoz de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad y secretario general de la Patronal de la pequeña y mediana empresa Pimec, Antonio Cañete.
“Desde la Plataforma y las organizaciones patronales, no podemos aceptar de entrada las quitas”. “Igual que nosotros no podemos dejar de pagar el IVA, la Administración no puede hacer quitas”, añade.
En su opinión, el sistema “se puede convertir en una subasta a la inversa y provocar un efecto perverso en el que muchas PYMES y autónomos pueden desaparecer”. “Aunque habrá empresas que preferirán respirar antes que comer”.

La ATA canaria apoya cualquier solución.

El vicepresidente de la ATA en Canarias, Francisco Gómez, admite que la situación es tan desesperada para muchos autónomos que “es mejor esto que quedarse sin nada”. Aunque considera “ilógico” que se vean obligados a perdonar una parte de la deuda cuando llevan hasta dos años pendientes de cobrar. “Nos vamos a ver obligados a ir a quitas voluntarias o forzosas”, un sistema que “hay PYMES y autónomos que ya lo están haciendo para poder cobrar”.

Aragón apoya con matices.

Para el presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón, Jesús Morte, el mecanismo es positivo y “lo reclamábamos desde hace tiempo”, pero advierte que “un acuerdo voluntario entre una empresa y una Administración puede ser correcto, pero no lo es forzar a los empresarios a renunciar a un dinero que les corresponde si no quieren tardar más en cobrar y, quizás con ello, tener que cerrar”.
El presidente de la patronal aragonesa se muestra en desacuerdo “con la quita que se plantea para cobrar antes porque, por una parte, ya se ha hecho una especie de quita, y bastante importante, que es el tiempo que se tarda en pagar, cuyo coste financiero están soportando las empresas, y por otra parte, muchas d estas empresas están en una situación tan difícil que no podrán soportar hacer esa nueva rebaja”.
El secretario general de la Asociación de Autónomos y Profesionales de Aragón, Álvaro Bajén ve positiva la solución porque “obliga a los ayuntamientos a pagar”. Pero opina también que las quitas “pueden ser perjudiciales al no poder cobrar los intereses ni cargar los gastos accesorios y judiciales, lo que puede dificultar que el autónomo continúe con su actividad.

Valencia no quiere ni oír hablar de las quitas.

El presidente de la empresa Cleop (Compañía Levantina de Edificación y Obras Publicas) Carlos Turró, opina que “no va a haber dinero para pagar a todo el mundo” y se pregunta “cómo van a hacer la quita los ayuntamientos, con subastas?” Turró, cuya empresa está en preconcurso de acreedores por los impagos de las Administraciones, que ascienden a unos 60 millones, afirma que el criterio para cobrar antes debe ser el de la antigüedad, sin quitas.
Según el portavoz de la Plataforma de Proveedores de la Sanidad Pública Valenciana, Vicente Peiró, “eso es inmoral, indecente, y si me apuran, hasta ilegal, porque no está prohibido, pero en la Ley de Morosidad hay varios preceptos que contradicen la posibilidad de quitas”.
La asociación para la Defensa de las Empresas Acreedoras de la Administración (Adeaa) considera “intolerable que el Gobierno propicie una suerte de subasta de la desesperación, según la cual cobrará antes quien más angustiado y, por tanto, más dispuesto a renunciar esté”. Se pregunta “qué confianza transmite un gobierno que establece como criterio para priorizar el pago de sus proveedores el descuento ofertado sobre el principal”.

En el País Vasco ven ayudas encubiertas a Bancos.

El secretario general de Unión de Trabajadores autónomos de Euskadi, Koldo Méndez, considera que las nuevas medidas para que, a través de los bancos, se paguen las facturas que adeudan las Administraciones vuelve a ser una medida que beneficia principalmente a las grandes empresas y a los bancos, Denuncia que “ ya está bien que se nos utilice a los autónomos para que vuelvan a salir beneficiadas las grandes empresas y los bancos con las comisiones.
Para Méndez estos pagos debían haberse articulado a través de una banca publica o en su defecto a través del ICO. 

En Castilla y León no se lo creen.

El presidente de la Federación de autónomos de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León, Javier Cepedano, cree que las Administraciones “se están aprovechando de la situación crítica” de este colectivo.
En Castilla y León uno de cada tres autónomos tiene pendiente algún pago de alguna administración y en algún caso la asfixia es absoluta. Hay casos en los que empresarios que facturan 400.000 euros al año tienen pendiente el cobro de 250.000.
Capedano dice que es una “coacción” que se obligue a aceptar quitas para cobrar antes de los ayuntamientos.
Las grandes empresas copan la mayor parte del volumen de la deuda, por lo que teme que si no se aprueba el pago del montante total de la deuda, serán los autónomos los que tendrán que asumir mayores quitas para cobrar antes que las grandes compañías.

Ávila ve quitas del 20 al 35%

Otro de los problemas que detectan los expertos, y que se avisa desde la Cámara de Ávila es el de los pequeños proveedores de bienes y servicios de los municipios pequeños, cuya relación comercial no se establece a través de procedimientos reconocidos por la Ley de Contratos del Estado, sino que se hacen verbalmente. No podrán pedir el pago oficialmente.
También exige que las quitas se hagan públicas para evitar que a los grandes proveedores se les dé privilegios.

Renunciar a reclamar.

Otro de los aspectos que incluye la propuesta del Gobierno es la renuncia  reclamar vía judicial de todos aquellos empresarios que opten a cobrar mediante el nuevo sistema.
Para el director de la Cámara de Comercio de Madrid, Miguel Garrido, “preocupa una medida de este tipo, ya que las empresas han cumplido unos servicios y las Administraciones se han comprometido a pagar. No parece razonable que ahora se aplique una quita. Primar a los que se avienen a aplicarlo penaliza a los que no están dispuestos a hacerlo y están en su legítimo derecho”.
“Sobretodo porque hay empresas que no pueden hacerlo, como los intermediarios, que cobrarían menos de lo que han pagado ya”.



Ref.: ElEconomista